Si eres empresario, socio de una empresa o estás planteándote tu futuro profesional como emprendedor, es importante conocer todo lo relativo a los impuestos fiscales, puesto que la factura fiscal es una parte importante de los costes que toda empresa debe asumir, para ello se debe conocer todo relativo a su presentación como modelos, plazos de presentación… con el evitar posibles sanciones y recargos.
Uno de los impuestos que grava directamente a las empresas es el Impuesto sobre Sociedades, regulado por la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, publicado en el BOE núm. 288, de 28-11-2014, el cual en su artículo 1 establece “El Impuesto sobre Sociedades es un tributo de carácter directo que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas de acuerdo con las normas de esta Ley”. Por lo tanto, este impuesto grava con un porcentaje los beneficios o rentas que obtienen las sociedades mercantiles durante un ejercicio económico, entendiendo como tal los beneficios obtenidos según la legislación mercantil. Este impuesto se aplica en todo el territorio español, sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de concierto y convenio económico en vigor, respectivamente en los territorios históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra y de lo dispuesto en los tratados y convenios internacionales que hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno, según determinan los art. 2 y 3 de la Ley 27/2014.
El tipo general de gravamen, vigente desde el 1-1-2016, es del 25 %, si bien varía dependiendo de los tipos reducidos, especialmente considerando los casos de las cooperativas, las pymes, y las microempresas y los emprendedores o empresas con menos de dos años de existencia. De hecho, para los emprendedores existen dos tipos reducidos del 15 %, ya que el tipo preferente aplicable durante dos años se fija en 10 puntos menos que el general.
El impuesto sobre sociedades grava a las siguientes personas jurídicas constituidas como:
- Sociedad Anónima (S.A.). Es una forma de organización de tipo capitalista muy utilizada por las grandes compañías, en las que el capital se encuentra dividido en acciones, que representan la participación de cada socio en el capital de la compañía.
- Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.). es una forma de organización de tipo capitalista muy utilizadas por las pequeñas y medianas empresas, en las que el número mínimo de socios es uno y no existe tope máximo, y donde el capital social mínimo es de 3.000 €.
- Sociedad Colectiva. Es una sociedad mercantil de carácter personalista, en la que bajo una razón social participan varios socios respondiendo de forma subsidiaria, muy utilizada en bufetes de abogados, economistas, sociedades médicas, etc.
- Sociedades estatales, autonómicas. Provinciales y locales.
Además, también se aplica a entidades no jurídicas como:
- Fondo de inversión.
- Fondo de capital de riesgo.
- Fondo de pensiones.
- Fondo de regulación del mercado hipotecario.
- Fondo de garantía de inversiones.
La forma de declaración ante la agencia tributaria es trimestral en los meses de abril, julio, octubre y diciembre, mediante la presentación del modelo 202, a la que se unirá un resumen anual o declaración anual, modelo 200, que se debe presentar en los primeros 25 días naturales, posteriores al final del ejercicio correspondiente, generalmente en las primeras semanas del mes de julio.
Impuesto sobre el Valor Añadido
Comúnmente conocido por sus siglas IVA, es un impuesto que se agrega a la venta de bienes y servicios gravando el consumo, ya que son los consumidores los que soportan su coste, actuando las empresas y profesionales como intermediarios y responsables de hacer llegar su importe a las arcas públicas. Existen tres tipos diferentes de IVA, el súper reducido del 4 % aplicable a artículos de primera necesidad, libros o medicamentos de uso humano, el IVA reducido del 10 % para productos alimenticios, medicamentos de uso veterinario, bienes de uso agrícola, forestal o ganadero, productos farmacéuticos… y el IVA del 21 % aplicable al resto de servicios que no se encuadren en los otros dos anteriores.
Al igual que el impuesto sobre sociedades, su forma de declaración es trimestral mediante el modelo 303 que se presentará ante la agencia tributaria en los meses de abril, julio, octubre y diciembre, a la que se unirá un resumen o declaración anual que se presentará antes del 31 de enero del año siguiente en el modelo 390. Este es un impreso que han de presentar las empresas y es que no se diferencia entre la filial de Amazon en España, Inditex, la Dra. Cecilia Rodríguez de Estética Ocular o Balay. Todas las compañías deben presentar este impreso para cumplir con las obligaciones tributarias.