Emprender con un despacho de abogados

El emprendimiento es lo que se dice una maratón. Todos tenemos capacidades y cualidades, pero no siempre son compatibles con el emprendimiento. Por eso siempre es necesario conocernos bien y saber las cosas buenas y malas que esto puede tener. Desde Gap Abogados, en base a sus años de experiencia en la abogacía creen que actualmente hay que estar muy bien formados y ser conscientes de que la actualización es más importante que nunca para que el despacho de abogados funcione.

Elije tu idea de despacho

No todos los despachos son iguales y hay algunos que se centran en unas cosas y otros son más generalistas. Siempre es bueno para cualquier negocio hacer un análisis DAF, de cara a identificar los puntos fuertes y los menos.

Elaboración de un plan de empresa

Deberás hacerlo con independencia del tamaño que tenga, pues seguro que te ayuda a que puedas optimizar aún más las posibilidades y a que se garantice la buena marcha del despacho. No olvidemos que será una buena hoja de ruta de cara a poder presentarla a los terceros o para ver las posibilidades de viabilidad del despacho en cuestión.

 Plan económico-financiero

Aquí es cuando se cuantifica la inversión inicial que será necesaria y que va a depender de las circunstancias existentes en cada uno de los proyectos. Pensemos en los siguientes gastos:

Constitución de la empresa

Hay que darse de alta como autónomo o proceder a formalizar una comunidad de bienes o una sociedad civil, algo que debemos saber que no tiene costes adicionales asociados. En el caso de que optemos por ser una sociedad limitada, se debe hacer el depósito de un capital mínimo inicial que será de 3.000 euros y pagar los preceptivos gastos de notario y demás registros.

Igualmente nos debemos colegiar de forma obligatoria en el colegio que corresponda para poder hacer el ejercicio de la profesión. A todo ello le debemos sumar los costes del local u oficina, licencias y los consumibles y otros equipos informáticos.

Elección de la forma jurídica

Es importante esto, pues dependiendo de ello, se van a generar varias obligaciones en materia fiscal, contable y laboral. La página del Ministerio de Industria actualmente se centra bastante en el emprendimiento y existe hasta un simulador de formas jurídicas para las pymes.

Cuando pensamos en la forma a elegir, normalmente este tipo de empresas se suelen constituir en su mayoría como autónomos, siendo seguidos bastante de cerca por las sociedades limitadas.

Ubicación de tu despacho

Con independencia de donde se vaya a situar el despacho, lo mejor es acercarse al ayuntamiento que nos corresponda y preguntar por las licencias que consideremos necesarias para el comienzo de nuestra actividad. En 2011 una ley lo que hizo fue eliminar que hubiera que sacarse la licencia de apertura para la mayor parte de las actividades inocuas, como es esta. Solo necesitas una comunicación previa o la declaración responsable donde venga el cumplimiento de los requisitos que son necesarios para la actividad. Después un técnico del ayuntamiento se debe pasar para comprobar que todo va a estar bien.

Página web e internet

Hablamos aquí de una herramienta fundamental. Se debe para ello de establecer de un presupuesto, cuidando mucho el diseño, pues al final siempre es bastante útil que se cree una buena impresión, donde la página debe ser utilizable también en dispositivos móviles.

La información que se proporcione tendrá que ser de lo más clara y concisa, lo mismo que detallada sobre los servicios que se ofertan. Hay que tener constancia a la hora de publicar artículos en el blog para un buen trabajo de SEO y así también poder mostrar los conocimientos en los ámbitos en los que seamos especialistas. Igualmente, existen en la red múltiples directorios legales que valen para que se conecten los usuarios que estén interesados con los abogados.

Conoce la normativa

Siempre hay que tener en mente que las sociedades de carácter profesional que lo que hacen es brindar servicios de carácter jurídico como son los despachos, o bufetes de abogados están regulados por la Ley 2/2007 de Sociedades Profesionales. Se pueden constituir en cualquier forma de sociedad y después pueden en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio que sea el correspondiente.

Por último, no olvides que para poder ejercer como abogado en nuestro país es siempre obligatorio estar debidamente colegiado y cumplir con lo que establece el Estatuto General de la Abogacía Española y el Código Deontológico de la Abogacía de nuestro país. Esperemos que os sea de utilidad para vuestro emprendimiento.

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